Transparencia y acceso a la información pública
Constitución Política de Colombia / Artículo 67.
La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.Con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el Artículo 67 de la Constitución Política de Colombia (El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, ...); la Institución Educativa Dinamarca solicita a los padres de familia de todos y cada uno de los estudiantes, diligenciar la encuesta a la que se accede a través del siguiente formulario.
Importante: Se debe diligenciar un formulario diferente por cada estudiante.